Declaración catastral
La declaración catastral es el documento en el que se pone de manifiesto que se ha producido el alta, baja o modificación de la descripción catastral de uno o varios inmuebles. Se regula por la
Orden HAC/1293/2018, de 19 de noviembre, por la que se aprueba el modelo de declaración de alteraciones catastrales de los bienes inmuebles y se determina la información gráfica y alfanumérica necesaria para la tramitación de determinadas comunicaciones catastrales.
¿Cómo se presenta? cumplimentando el
MODELO de DECLARACIÓN CATASTRAL 900D.
MODELO - Alteración de la titularidad o variación de la cuota de participación en bienes inmuebles.
- Adquisición o consolidación de la propiedad.
- Constitución, modificación o adquisición de un derecho real de superficie, usufructo, concesión administrativa u otro derecho real de disfrute.
- Variación en la composición interna o cuota de participación de comunidades o entidades sin personalidad jurídica.
- Variación en la cuota de participación de los cónyuges en bienes o derechos comunes.
MODELO - Nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles (podrán declararse simultaneamente, si existiera, la división horizontal y modificación de titularidad).
MODELO - Agregación, agrupación, segregación, división o división horizontal de bienes inmuebles (podrá declararse simultaneamente, si existiera, la modificación de titularidad).
MODELO - Cambio de cultivo, aprovechamiento, uso, demolición o derribo de bienes inmuebles.
¿Quién las presenta? los titulares inscritos en el catastro tienen obligación de formalizar las declaraciones conducentes a la incorporación en el Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles y sus alteraciones. Cuando fueran varios los obligados a declarar un mismo hecho, acto o negocio, cumplida la obligación por uno, se entenderá cumplida por todos.
¿Cuándo se presenta? en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la fecha de formalización del hecho, acto o negocio objeto de declaración.
¿Dónde se presenta?
En las Gerencia su oficinas del Catastro (consulta el directorio del Catastro).
En las Delegaciones de Economía y Hacienda.
En el Ayuntamiento en cuyo término municipal se ubica el inmueble.
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